Libertad de prensa, bajo amenaza
En la Plenaria de la Cámara de Representantes fue aprobado el polémico artículo en el proyecto ‘Anticorrupción’, calificado de censurar a la prensa para denunciar a servidores públicos.
El mico nació en septiembre por iniciativa de un grupo de senadores, se eliminó en noviembre, pero revivió sorpresivamente en su último debate en la Cámara de Representantes.
Especial/24-7Semanario
Establecer sanciones para aquellos que denuncien sin pruebas a funcionarios o exfuncionarios públicos por actos de corrupción es la esencia del artículo incluido en el proyecto de ley anticorrupción aprobado esta semana a la medianoche del lunes por la plenaria de la Cámara de Representantes.
El articulito en su esencia dice:
“Cuando quien profiera injuria o calumnia en contra de un funcionario o un exfuncionario público o sobre su familia, sea representante legal o miembro de cualquier organización comunitaria, el juez de control de garantías ordenará a la autoridad competente que, previo cumplimiento de los requisito legales establecidos para ello, proceda a la suspensión o cancelación de la personería jurídica de la organización comunitaria a la que pertenece, en los mismos términos del artículo 91 de la Ley 906 de 2004”.
Así, reza el texto aprobado por 59 votos, mientras que 53 parlamentarios lo rechazaron, al considerarlo una mordaza a la libertad de prensa que se profesa en el país.
Lorduy, defiende promulgación
El representante César Lorduy, del Partido Cambio Radical, dio a conocer su punto de vista sobre los cuestionamientos a la iniciativa y defendió su promulgación.
“Todo el mundo tiene derecho a la presunción de inocencia (…) uno de los factores que aumentan la percepción de corrupción es sobre la base de que funcionarios y exfuncionarios pueden ser permanentemente objeto de injuria y calumnia. Tres años después, cuando la persona demuestra que no es así, el denunciante se retracta y ahí queda, pero el daño ya está hecho”.
De esta manera, Lorduy reiteró que el principio constitucional de presunción de inocencia permanece inalterado: “La justificación del proyecto tiene que ver con corrupción (…) investigaciones ante Fiscalía indican que el 95% de hechos de corrupción en que se señala a funcionarios públicos terminan en injuria y calumnia. Queda el registro de que supuestamente es un acto de corrupción, pero a la persona jamás se le comprobó”.
De igual forma dijo “que lo que se evalúa como corrupción sea efectivamente corrupción y que no sea calumnia o injuria”.
Además, mencionó que no hay elementos de prohibicionismo; pues, se podrán seguir realizando investigaciones, señalamientos, cuestionamientos y críticas a funcionarios públicos.
Voces de rechazo
Una vez aprobado en segundo debate este artículo de la Ley Anticorrupción, se comenzaron a pronunciar diferentes personalidades y agremiaciones que consideran el artículo una afrenta a la libertad de prensa.
Según denuncian las organizaciones gremiales, en el informe de ponencia para último debate se incluyó la injuria y calumnia como una extraña figura jurídica que se puede cometer de manera exclusiva contra funcionarios o exfuncionarios públicos, a pesar de que la tipificación delictual junto con la responsabilidad penal y civil extracontractual derivada ya se viene aplicando para todos los que cometan esos actos en Colombia, sean o no funcionarios o ex funcionarios públicos.
En este sentido, la Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP), la Asociación Colombiana de Medios Informativos (AMI) y Asomedios, en un comunicado indicaron: “Se trata de una norma decididamente regresiva contra la libertad de prensa, la libertad de expresión y el derecho a la información de los colombianos”.
También indican que “en el debate se evidenció que un sector político ve con recelo a la prensa y está tramitando inconformidades personales a través del sistema legislativo, a tal punto que durante el debate se cuestionaron garantías de suma importancia para la actividad periodística, como la presunción de buena fe y la rectificación”.
Entre tanto, la representante Juanita Goebertus expresó que “limitar la libertad de expresión y el derecho a la oposición es inconstitucional, abiertamente contrario a la Convención Interamericana. Es el camino de regímenes autoritarios tanto de izquierda como de derecha (…) si no se elimina en la conciliación, procederemos ante la Corte para que sea declarado inexequible”.
Por su parte el representante Gabriel santos manifestó que, “se consuma el suicidio de una clase política que se rehúsa a entender la crisis de legitimidad que sigue promoviendo. Un gobierno y un congreso que siguen blindando a sus miembros del escrutinio público”.
“Este artículo no tiene nada que ver en la lucha contra la corrupción, lo que pretende es amedrantar o hacer una especie de amenaza para que periodistas como Paola Herrera o Diana Salinas, que han venido denunciando diferentes casos de corrupción al interior del Gobierno y su relación con las clases políticas tradicionales, n salgan a la luz pública”, dijo Inti Asprilla.
Censura como en Venezuela
Según Jonathan Bock, director de la FLIP, no se había aprobado en las últimas décadas una disposición legal “tan regresiva” como esta. “Lo que votaron los congresistas, abre la puerta a sanciones y represión, como la que existe en Venezuela o Nicaragua”, dijo.
En consecuencia, solicitaron que “sea eliminada esta propuesta de nuevo artículo, la cual es altamente inconveniente para el ordenamiento jurídico, en especial para la garantía del ejercicio de la libertad de prensa, la libertad de expresión y el derecho a la información de los colombianos”.
Por su parte, la Misión de Observación Electoral (MOE), a través de Alejandra Barrios, su directora, rechazó enfáticamente la aprobación de medidas, como la aprobada por la Cámara de Representantes, que limitan los derechos ciudadanos, y otorgan una protección desmedida a quienes ejercen o han ejercido funciones públicas.
Al tiempo que señaló que “restringe la veeduría que hacen la ciudadanía, medios de comunicación y diferentes organizaciones de la sociedad civil a los funcionarios y exfuncionarios públicos”, lo cual atenta contra los principios de una sociedad democrática que nuestra constitución garantiza desde su preámbulo y el reconocimiento de derechos como la libertad de expresión.
El nacimiento del mico
En su edición del 8 de diciembre el periódico El Colombiano, detalló la forma en la que se originó el “mico” que busca amordazar a la prensa en Colombia. Aquí, la reproducción textual del génesis de la propuesta.
En un documento con fecha del 22 de septiembre de 2021 –al que este diario tuvo acceso– se constató que la iniciativa de implementar el mico la tuvieron de los senadores Ana Castañeda (Cambio Radical), Fabián Castillo (Cambio Radical), Efraín Cepeda (Partido Conservador), Guillermo García Realpe (Partido Liberal), Mauricio Gómez Amín (Partido Liberal), Myriam Paredes (Partido Conservador), entre otros.
Estos legisladores presentaron la proposición para incluir el artículo que establece que “el que mediante injuria o calumnia pretenda atacar u obstruir las funciones constitucionales y legales de un funcionario público, denunciando hechos falsos sobre él o sobre su familia, incurrirá en prisión de 60 a 120 meses y multa de 13,33 a 1.500 salarios mínimos, sin que sea procedente beneficio o subrogado penal”.
Ante el polémico trasfondo de censura contra la labor de veeduría que facilitaría la iniciativa, Cepeda le respondió a EL COLOMBIANO que apoyó la creación del artículo “para poner en cintura a los que practican esa guerra sucia (con injuria y calumnia), pero nunca con la intención de violar la libertad de prensa”.
Se hundió, pero revivió
Tras su creación, el mico pasó de agache hasta su tercer debate en la Comisión Primera de la Cámara. Allí, fue eliminado de la ponencia, tal y como se constató en un documento de noviembre de este año, firmado por el representante José Daniel López, de Cambio Radical, quien fue designado ponente en ese punto.
“Consideré el artículo inconveniente. Por eso, lo excluí bajo mi liderazgo como ponente y después aparece el texto dentro del articulado”, señaló el representante López.
Así, el artículo que impone fuertes sanciones a quienes se atrevan a criticar o investigar a funcionarios –incluyendo a los propios congresistas– reapareció sorpresivamente horas antes de su último debate en la Cámara, donde se negó (con 73 votos a favor y 51 en contra) su eliminación. Fue tanta la polémica que el Centro Democrático se unió y se logró suprimir las multas o penas de prisión, pero igual se fijó la cancelación de la personería jurídica para quien cuestione a los funcionarios.
A pesar de que esa sanción se fijó para organizaciones comunitarias, se evidenció un trasfondo para perjudicar a los medios de comunicación. Así lo dejó ver el representante Eloy Chichí Quintero (Cambio Radical), quien en el debate aseguró que “se puede arreglar ese artículo, pero hay que sancionar a los medios de comunicación porque no es justo que nos atropellen”. En esa línea estuvo César Lorduy, último ponente del proyecto, defensor del mico, miembro de la casa política que respaldó a la exministra Karen Abudinen –quien renunció por el escándalo de corrupción de Centros Poblados–, y compañero de bancada de Quintero.
Ahora a esta iniciativa solo le falta la conciliación para hacerse realidad, proceso espinoso que se adelantará en los próximos días en el Congreso. Su hundimiento (ver Para saber más) solo podría darse en dos escenarios: el Congreso o la Corte Constitucional
Duque objetará la medida
El creciente debate sobre lo que se dice, es un “atentado” a la libertad de prensa en Colombia hizo que el presidente Iván Duque, se pronunciase sobre el tema sin hacer referencia directa al punto del proyecto de Ley Anticorrupción que penaliza a periodistas que incurran en calumnia e injuria contra funcionarios públicos; el mandatario al respecto dijo que objetará cualquier medida que «amenace» la libertad de prensa.
«Como firmante y defensor de la Declaración de Chapultepec es un deber incuestionable la defensa de la libertad de prensa. Así de claro es el artículo primero de dicho maravilloso documento. Cualquier amenaza a ese principio debe ser objetada», afirmó el jefe de Estado en su cuenta de Twitter.
La iniciativa irá primero a conciliación entre las dos cámaras, pues en Senado no se acogió la proposición, pero en Cámara sí, y luego a sanción presidencial, instancia en la que Duque podrá objetaría la medida.