Con el agua al cuello

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Por Juan Felipe Molano

Precisamente no solo por las fuertes lluvias de estos días  que inundan nuestras casas, propiedades y destruyen nuestras vías de acceso, ahoga nuestros animales y cultivos, sino también por  los bajos precios de los productos que levantamos en nuestras tierras,  los altos precios de los insumos, las malas prácticas de los intermediarios comercializadores que compran nuestros productos a bajo precio ganando más que los que nos esforzamos por producirlos y no asumen  riesgo alguno, se suman a estos factores que  no permiten el crecimiento económico de miles de campesinos y agricultores en el Huila y en Colombia, y la que más ahoga y aprieta del cuello son las Deudas adquiridas con Bancos en especial el Banco Agrario de Colombia, sí, ese mismo banco que durante décadas se ha mostrado como el socio estratégico de los agricultores pero que se convirtió en uno más de los actores del sistema financiero a usanza de las mismas formulas leoninas y mezquinas a la hora de otorgar un crédito y las mismas a la hora de cobrar cartera, que sin importar cada situación particular del deudor van con todo el rigor establecido por  ley en el sistema financiero, contratando firmas de abogados, estos a su vez demandando, embargando y rematando lo único que figura como capital de trabajo y familiar de los campesinos.

Es por ello que debo invitar a todos los Huilenses que hoy tienen deudas pendientes y castigadas por falta de pago con el Banco Agrario de Colombia a echar mano de la Ley 2071 de 2020 y el Decreto Reglamentario 596 de 2021 que establecieron medidas para aliviar las obligaciones financieras y no financieras  en mora a 30 de noviembre de 2020 y permanezcan en mora a la fecha del pago o a la celebración del acuerdo, que la obligación  sea inferior a un saldo a capital de $80.000.000 (obligaciones con el PRAN y FONSA) de aquellos pequeños y medianos productores agropecuarios, pesqueros, acuícolas, forestales y agroindustriales afectados por fenómenos fitosanitarios, zoosanitarios (generados por plagas y enfermedades en cultivos y animales),biológicos, caída severa de ingresos de conformidad con el artículo 12 de la Ley 1731 de 2014, afectaciones fitosanitarias y zoosanitarias, climáticas y en general por cualquier otro fenómeno no controlable por el productor que haya afectado su actividad productiva y comercialización impidiéndoles dar cumplimiento a las mismas, como también benefician la cartera de los distritos de riego de la Agencia de Desarrollo Rural.

Por favor tener en cuenta que la condonación es total de intereses corrientes, intereses moratorios y otros conceptos, agregando un beneficio para la mujer rural que sea titular de la obligación; el termino de vigencia de esta oportunidad según directivas del Banco Agrario será hasta el 31 de diciembre de 2022, no desaprovechemos esta buena oportunidad para sanear nuestras finanzas, limpiar nuestros nombres ante centrales de riesgo, y lograr en el futuro otro crédito para salir adelante.

Por lo anterior debe el productor contactarse con el Banco Agrario de Colombia, en la oficina más cercana, o con FINAGRO como administrador del Fondo Agropecuario de Garantías si su obligación es con otro intermediario financiero.

Pd.1 Ojalá este Congreso de la Republica liderado por el gobierno promuevan este tipo de leyes que favorecen de manera directa e inmediata a los campesinos y en particular que amplíen la vigencia de esta norma y la publiciten mucho más.

Pd.2 Felicito a los colombianos que alcanzaron acogerse a la ley de borrón y cuenta nueva con el sistema financiero, pues vence el 31 de octubre de 2022, ojalá este gobierno promueva la ampliación de su vigencia.

Pd. 3 Debería el gobierno departamental sacar una línea de crédito para los campesinos del huila y comprar sus carteras vencidas, si no alcanza aplicar a esta ley, y lo puede hacer a través del Infihuila, eso si es gestión real.

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