Así funciona la ley “dejen de fregar” para que los bancos no llamen los domingos
Este martes entra en vigencia la ley que establece las condiciones para que las entidades bancarias solo puedan hacer llamadas a sus clientes de lunes a viernes, máximo dos veces a la semana.
Ya es un hecho que los bancos, entidades y otras empresas de servicio no van a poder llamar a cobrar u ofrecer productos los fines de semana y mucho menos por fuera del horario laboral.
Este martes 10 de octubre entra en vigencia la llamada ley 2300 de 2023 “dejen de fregar” que regula los canales, horarios y la periodicidad en la que las compañías, entidades bancarias y/o de cobranza contactan a los usuarios.
En ese contexto, la ley establece que las entidades no podrán hacer llamadas los domingos, los festivos o los días entre semana en horarios no laborales. Además, bajo esta nueva norma que fue aprobada en julio, los bancos solo podrán contactar a los clientes máximo dos veces a la semana.
Diana Silva, gerente de cobranzas de Ban100, explicó que aunque la ley busca garantizar la protección de la intimidad de los consumidores financieros, es importante que estos conozcan que, en caso de tener una deuda no resuelta con la entidad, está podrá continuar contactándolos como parte de su gestión de cobranzas con el fin de ayudarles a encontrar una solución de pago.
En ese sentido, la Superintendencia Financiera de Industria y Comercio será la encargada de vigilar y sancionar a las entidades que incumplan con lo establecido en la ley. A través de ese canal usted podrá reclamar ante las llamadas por fuera de los horarios, los canales y la periodicidad que cobija la ley.
Tenga en cuenta que los horarios establecidos en la norma para llamadas o envío de información son de lunes a viernes de 7 de la mañana a 7 de la noche y los sábados de 8 de la mañana a 3 de la tarde. Sin embargo, la única excusa para contactarlo fuera de esos horarios es cuando se trate de confirmaciones de operaciones monetarias, alertas de transacciones fraudulentas o información sobre ahorros o cesantías que haya sido solicitada previamente.
Dentro de los cambios que también quedaron fijados bajo la nueva ley está que como deudor usted podrá elegir un solo canal por el cual desea que se contacten para cobrarle, siempre y cuando se pueda garantizar una comunicación de doble vía con la entidad realizadora del cobro.
Estos son los puntos clave de la ley “dejen de fregar”
1. La nueva ley no solo cobija a los bancos sino también a cualquier entidad de comercio o empresa que ejerza labores de cobranza. Los gestores solo podrán contactar con el deudor o codeudor sin sobrepasar los horarios estipulados y queda totalmente prohibido contactar a las referencias personales.
2. Las entidades de cobranza ya no podrán preguntar por los motivos de incumplimiento de pago, pero en caso de tener inconvenientes, los usuarios podrán comentarlo con su casa de cobranza para que les puedan brindar opciones de pago para ponerse al día por motivos de desempleo, calamidad familiar, reducción del poder adquisitivo, entre otros.
3. Se creará un “Registro de números excluidos” para hacer la inscripción de los usuarios que no deseen recibir ningún tipo de llamadas, mensajes, correos electrónicos o alertas sobre productos o transacciones.
4. Solo se van a poder realizar dos llamadas a la semana por el único canal que proporcionó el usuario en la franja horaria de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 7:00 p.m. y los sábados de 8:00 a.m. a 3:00 p.m.
5. Si las entidades bancarias, empresas de telefonía móvil o dedicadas al comercio incumplen la ley y violen la privacidad de los usuarios, van a poder ser reportadas ante la Superintendencia Financiera (Superfinanciera) o de Industria y Comercio (INC) y podría recibir sanciones.