Revocatoria, peligrosa arma de inestabilidad institucional
En Colombia, esta figura de participación democrática se incorporó en su Constitución de 1991, pero solo para destituir a gobernadores y alcaldes. Luego de más de dos décadas de vigencia solo un mandatario ha sido revocado. Análisis.
Especial/24-7Semanario
Las últimas decisiones de la Administración Municipal de Neiva, que preside el alcalde Gorky Muñoz y en torno a proyectos importantes para la ciudad como el endeudamiento para obras sociales, modificaciones al Estatuto Tributario, creación de empresa de economía mixta para manejo de alumbrado público y hasta entrega de ayudas a población en situación de vulnerabilidad en pandemia han dado pie para que colectivos ciudadanos empiecen a hablar de revocatoria de mandato.
El mecanismo de participación popular se incorporó en la Constitución Política de Colombia en 1991, pero solo para destituir a gobernadores y alcaldes y ahora a un año de cumplir su gestión en frente de sus respectivas alcaldías, varios mandatarios del país, ya tienen a la vuelta de la esquina comités de revocatoria de mandato.
Daniel Quintero en Medellín, William Dau en Cartagena, Claudia López en Bogotá, Juan Carlos Cárdenas en Bucaramanga son algunos de los alcaldes que, según versiones preliminares, estarían en la mira de procesos de revocatoria.
En algunos de estos casos, ya se iniciaron los trámites para conformar los comités de recolección de firmas, faltando poco para que se cumpla con el plazo que establecen las leyes electorales para poder iniciar este procedimiento: un año (pueden iniciar el 1 de enero de 2021).
Esto debido a que uno de los requisitos es que se pueda demostrar que el mandatario no ha cumplido con el plan de su gobierno. Y este año, de forma particular, los alcaldes pueden argumentar que no han podido cumplir con sus propuestas por los desafíos y las medidas de restricción que llegaron con la pandemia del COVID-19.
Además, los gobernantes contra quienes se están adelantando estos procesos de revocatoria de mandato mantienen imágenes favorables de más del 50% como ocurre en el caso de la capital opita según la última encuesta del Panel de Opinión Cifras & Conceptos que ubico a Gorky Muñoz como el tercer mejor alcalde del país con un 61% de imagen favorable.
En lo que concierne a la capital opita y en materia de hablar de revocatoria de mandato, han sido las redes sociales las que han dado a conocer esta propuesta; claro está, que la iniciativa desde que se “lanzó”, tiene voces a favor y en contra, pero aún carece de un abanderado de la causa.
“Hay muchos neivanos y neivanas que estaríamos dispuestos el otro año iniciar el proceso de revocatoria de Gorky Muñoz. Ya hay un grupo importante de líderes conformando está opción. ¿Apoyarías la iniciativa de iniciar el proceso de revocatoria?” cita la invitación hecha por una usuaria.
Activar la revocatoria
Y es que en teoría, cualquier grupo significativo de ciudadanos puede activar la revocatoria de mandato si considera que existen suficientes razones para ello y si este mecanismo se encuentra reglamentado en la respectiva entidad territorial; sin embargo, en la práctica, la activación de la revocatoria no siempre sucede, a pesar de que se haya iniciado el proceso de recolección de firmas necesarias para presentar la solicitud y se manifiesten síntomas de descontento ciudadano, tales como: baja popularidad del mandatario en las encuestas, protestas sociales, denuncias, entre otros.
Ahora bien, varios analistas políticos coinciden en el impacto negativo de la revocatoria sobre el sistema de representación democrática. En este sentido, sostienen que la utilización de la revocatoria de mandato puede incentivar la inestabilidad institucional, especialmente cuando se emplea de manera revanchista, esto es, cuando los candidatos o partidos que perdieron en las elecciones utilizan este mecanismo como arma política para desplazar del cargo a los ganadores y así tener una segunda oportunidad para acceder al poder.
Modificaciones a la ley
Cabe indicar que en lo que tiene que ver con el proceso de revocatoria de mandato, en el año 1994 dos leyes reglamentaron su ejercicio: la Ley 131 y la 134 de 1994. En los años 2002 y 2015 se aprobaron modificaciones tendientes a disminuir sus requisitos: la Ley 741 y la 757, respectivamente. No obstante, habiéndose presentado numerosas solicitudes en sus más de 20 años de vigencia, ningún gobernante había sido revocado hasta ahora, salvo en el 2018 cuando el mandatario municipal de Tasco en Boyacá fue cesado del cargo por la decisión de los ciudadanos en las urnas.
De acuerdo con datos de la Registraduría Nacional en Tasco (Boyacá) un total de 1.658 ciudadanos acudieron a las urnas, cifra que superó el umbral mínimo de 1.382 sufragios requerido para que la revocatoria prosperara, pues para que una revocatoria sea aprobada es necesario el pronunciamiento popular de la mitad más uno de los votos de los ciudadanos que participen, siempre que el número de sufragios no sea inferior al 40% de la votación total válida registrada el día en que se eligió al respectivo mandatario.
En Tasco 1.609 ciudadanos votaron por el Sí y 21 por el No, lo que significó la salida de Nelson Javier García Castellanos.
Lo que se espera en el panorama político nacional, es que en este 2021 surjan muchas iniciativas de revocatoria.
Vale recordar el antecedente de 2017, cuando se presentó una verdadera explosión de solicitudes de revocatoria de mandato de alcaldes, como se vio con la inscripción por esos días ante la Registraduría de más de 100 comités ciudadanos para recoger firmas que respaldaran esos procesos.
En esa oportunidad finalmente el Consejo Nacional Electoral (CNE) autorizó que 14 iniciativas de revocatoria fueran a las urnas, tras revisar que cumplieran los requisitos de ley para poder convocar a los ciudadanos y consultar si están de acuerdo o no con la permanencia en el cargo del mandatario en cuestión.
En su momento el CNE informó que realizaría un estudio acerca de las razones que motivaron la explosión de solicitudes de revocatoria de mandato de alcaldes, esto después de que la Federación Colombiana de Municipios, la Federación Nacional de Departamentos y varios burgomaestres hicieran llegar comunicaciones pidiéndole que interviniera porque, según ellos, la estarían utilizando en las respectivas regiones para presionar a gobernantes locales y departamentales.
No obstante al final, el Consejo Electoral quedó debiendo dicho estudio. También se frenó en esa oportunidad en su intención de regular el mecanismo, después de que la Misión de Observación Electoral advirtiera que el organismo de acuerdo a sus competencias solo está facultado para reglamentar aspectos técnicos y procedimentales en los mecanismos de participación ciudadana y, por ello, podría rebasar sus competencias al evaluar si un mandatario da o no cumplimiento a los planes de gobierno que amerite la realización o no de la revocatoria.
Mientras que en 2018 un total de nueve revocatorias de mandato llegaron a las urnas, esto hasta el mes de junio pues la ley es clara en que el mecanismo no aplica en los últimos 18 meses del mandato.
Desde la primera revocatoria de mandato en el año 1996 se han realizado hasta la fecha más de un centenar de jornadas en las urnas, con tan solo una aprobada, como se dijo en Tasco, Boyacá.
La casi totalidad de estas revocatorias han sido fallidas porque no alcanzaron el umbral de participación, lo cual para expertos se debería a que todavía los ciudadanos no se han apropiado del mecanismo. Otros señalan que también tendría que ver que ver con que los requisitos para su aprobación aún son muy exigentes.
No obstante la Ley 134 de 1994, que exigía recoger un número de firmas de respaldo a la iniciativa equivalente al 40% de los votos obtenidos por el mandatario y que la participación ciudadana fuera el 60% de la votación total válida registrada el día de la elección del mandatario, fue reformada por la Ley 1757 de 2015, que flexibilizó estos requisitos reduciendo el número de firmas de apoyo al 30% de los votos obtenidos por el elegido y el umbral de participación al 40%.
A pesar de la flexibilización de estos requisitos las revocatorias de mandato de gobernadores y alcaldes siguen sin entregar los resultados esperados, en lo que tiene que ver con la participación de los ciudadanos en las urnas.
Actuales mandatarios
La polarización política que hay en el país se reflejó en los resultados de los comicios territoriales del año pasado en donde los movimientos ciudadanos avanzaron logrando triunfos en alcaldías y gobernaciones, ganando terreno a los partidos.
Es claro que los partidos y los clanes políticos regionales no se van a quedar quietos en su búsqueda de recuperar el poder en 2023, más ahora con el Estatuto de Oposición que les da más garantías y posibilidades de hacerse notar a través de figuras como el derecho de réplica.
Ello sumado a otras iniciativas que surjan de la ciudadanía fundamentadas en la mala gestión del gobernante o que no ha cumplido su programa de gobierno, hacen prever que el próximo año podría haber ‘cosecha’ de revocatorias de mandato de alcaldes y gobernadores.
Reglamentación
El presidente del Consejo Nacional Electoral, magistrado Hernán Penagos, indicó que la revocatoria de mandato “se volvió una estrategia de quienes no quedan conformes con el elegido”. Añadió que “se dice que esta se da por incumplimiento del plan de desarrollo propuesto”, pero “a veces ni siquiera esperan a la aprobación del plan de desarrollo para empezar a socializar buscar firmas y a deslegitimar al gobernante como estrategia para torpedear el ejercicio”.
Penagos dijo que este tema “es muy complejo en el país y no dude que seguramente el próximo año estaremos con muchas solicitudes del mismo talante, de personas que dicen que se incumple un plan de gobierno que escasamente tiene unos cuantos meses de aprobado. Eso se volvió una moda y una forma de no dejar gobernar”.
Por ello señaló la necesidad de una reforma, que “se debe hacer con mucho juicio porque si mañana se propone que se acabe la revocatoria del mandato, eso termina configurándose como un ataque a las iniciativas ciudadanas. Lo que yo creo es que hay que colocarle mayores requisitos a las solicitudes de revocatoria de mandato porque, por ejemplo, en Armero, Tolima, se presentó una revocatoria de mandato, se hizo todo un procedimiento que es bien complejo, se convocaron a elecciones, se gastó un dinero importante y creo que no votaron sino 50 personas”.
Añadió que ello “no justifica que se inviertan recursos, se gasten dineros públicos para una revocatoria con tan baja participación y sin resultado. Además que en Colombia la mayoría de revocatorias se frustran porque no alcanzan los resultados esperados. No se puede acabar con la revocatoria porque es un instrumento importante, pero tampoco puede permanecer como está porque se convierte en una figura para torpedear un gobierno o para mover unas elecciones donde ni siquiera se alcanzan los votos”.