Más de 1.000 personas en espera de donación de organos y tejidos
Ayer en el marco de la celebración del Día de la Donación de Órganos y Tejidos, se dieron a conocer cifras que alarman a las autoridades de salud y entidades que en el Huila trabajan en pro de cerrar la brecha a las enfermedades de tipo renal que sufren los huilenses.
En el Huila, a través de la Ordenanza 010 de 2006 se creó e institucionalizó el Día de la Donación de Órganos y Tejidos del Cuerpo Humano; celebración que se hace cada 14 de abril.
De acuerdo con la Asociación Colombiana de Trasplantados y Pacientes Renales, en el departamento se han trasplantado órganos y tejidos a 275 pacientes y hay más de 50 pacientes con prioridad en sala de espera de la Unidad Renal del Hospital Universitario del Huila, atentos a recibir la buena noticia de recibir un órgano que les otorgue una nueva oportunidad de vida; sin embargo la cifra de personas con problemas renales que necesitan una donación en este sentido supera las 1.000.
Para Belén Perdomo presidenta de la Asociación Colombiana de Trasplantados y Pacientes Renales, es por ello que se hace necesario seguir con las campañas de información para desmitificar el tabú que existe en lo concerniente a donar órganos y tejidos.
De acuerdo con Perdomo, los órganos que se pueden donar son el corazón, los riñones, los pulmones, páncreas y el hígado cuando el paciente es diagnosticado con muerte cerebral, cuando se ha presentado un deceso por muerte causada por infarto, los órganos mueren también pero se podría donar entonces la piel, los tejidos, las venas o córneas.
Ser donante no es difícil. Cualquier persona mayor de edad puede inscribirse en la web del Instituto Nacional de Salud en la Red de Donación de Trasplantes (http://www.ins.gov.co/donante-de-organos-y-tejidos/Paginas/default.aspx) o hablar con su familia para que, si muere, se respete su voluntad de ser donante.
Sería obligación donar órganos
Colombia quedó cerca de tener una legislación que habilitaría, de forma obligatoria, a que se haga la donación de órganos al momento de que muera una persona.
Así está consignado en un proyecto de ley que tramitó el representante a la Cámara Rodrigo Lara, el cual ya fue votado en cuarto debate por la plenaria del Senado.
Aunque ya cumplió sus debates obligatorios, esta no podrá ser ley de la República sino hasta después de marzo, cuando las plenarias de la Cámara y Senado sean citadas para que concilien el articulado.
“Este es un proyecto que salva vidas y les permite también a muchas personas tener una calidad de vida digna. Lo que se busca es ampliar la presunción legal de donación a las personas que fallecen y no declaren en vida que sus órganos sean donados”, dijo Lara al destacar el alcance de la futura norma.
Lo que debe usted saber sobre donación de de órganos y tejidos
¿Quienes pueden ser donantes de órganos y tejidos?
Todos podemos ser donantes.
¿Existe algún rango de edad para poder ser donante?
En Colombia todas las personas pueden ser donantes, desde un niño hasta un adulto mayor, siempre y cuando se realice la donación bajo los criterios establecidos en la normatividad vigente y se evalúen todas las condiciones del donante para determinar que órganos efectivamente pueden ser donados.
Si quiero donar mis órganos cuando fallezca ¿qué debe hacer mi familia?
Informar inmediatamente al personal médico que esté a cargo en la institución de salud, para que a su vez se informe a la Red de Donación y Trasplantes de Colombia; o informar del fallecimiento y de la voluntad de ser donante a través de la línea gratuita nacional del Instituto Nacional de Salud 01 8000 113 400.
¿Qué dice la ley colombiana con respecto a la donación y el trasplante?
La ley colombiana reglamenta todos los aspectos relacionados con la donación y el trasplante de componentes anatómicos.
Regula los procesos: para la donación de órganos y tejidos con fines de trasplante de personas fallecidas y aspectos a tener en cuenta para la donación de órganos de personas en vida, con su previo consentimiento,
¿Existe tráfico de órganos en Colombia?
No. En Colombia la Ley 73 de 1988, la Ley 919 de 2004 y el Decreto 2493 de 2004 prohíben esta práctica, considerándolo un delito, de igual forma todo el proceso de donación y trasplantes es vigilado y coordinado por entidades estatales como el Instituto Nacional de Salud y el Ministerio de Salud y Protección Social.
Los trasplantes de órganos y tejidos, por ser procedimientos de alta complejidad, son realizados en instituciones que cuentan con una infraestructura adecuada y con personal entrenado específicamente en esa área.
¿Qué órganos o tejidos se pueden extraer de los donantes del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses – INMLCF-?
Los donantes del INMLCF, únicamente pueden donar tejidos. Los órganos de estos donantes ya no son viables para ser extraídos y posteriormente trasplantarlos en un receptor,
Un cadáver en el INMLCF, puede ser donante de tejidos siempre y cuando no hayan pasado las horas máximas establecidas para asegurar la calidad de los tejidos, y que no exista ninguna contraindicación médico – legal en el donante para poder extraerlos.