Estos serían los cambios que contempla la reforma laboral en los contratos a término fijo
El Ministerio del Trabajo en Colombia confirmó que el primer borrador de la reforma laboral del Gobierno de Gustavo Petro, con una extensión de 37 páginas.
Con este documento se empiezan a consolidar algunas primeras disposiciones de lo que se espera sea el futuro del contrato a término fijo en el país
Por ejemplo, el artículo 11 del borrador del proyecto de ley habla sobre el contrato a término fijo y por duración de obra o labora determinada.
Este artículo vendrá a modificar el artículo 46 del Código Sustantivo del Trabajo.
Según el articulado, el contrato de trabajo a término fijo no puede ser utilizado para actividades permanentes en la empresa, debe constar siempre por escrito, para su celebración y prórrogas.
El documento también menciona que será necesario que se especifiquen con precisión en el contrato: la causa por la cual se contrata por dicho término y su conexión con la duración prevista o de lo contrario se entenderá celebrado a término indefinido.
“La facultad de la persona empleadora de no renovar o prorrogar el contrato de trabajo celebrado a término fijo, solo será eficaz si ha desaparecido el objeto contractual”, puntualiza el documento.
Se lee además que si antes de la fecha del vencimiento del contrato a término fijo inferior a un año ninguna de las partes avisa por escrito a la otra su determinación de no prorrogar el contrato, con una antelación no inferior a 30, este se convertirá en contrato a término indefinido.
Asimismo, el texto reseña que la duración del contrato a término fijo, incluyendo sus prórrogas, no puede ser superior a un año.
El parágrafo de este artículo precisa que en los contratos a término fijo inferior a un año y de obra o labor determinada, las personas trabajadoras tendrán derecho al pago de vacaciones y prestaciones sociales en proporción al tiempo laborado cualquiera que este sea.