Aprobada la adopción para parejas del mismo sexo
La Corte Constitucional dio vía libre para que las parejas del mismo sexo puedan adoptar menores de edad en Colombia.
Según la Corte, de ahora en adelante las parejas del mismo sexo podrán adoptar sin que su orientación sexual sea un factor de impedimento.
La histórica decisión la tomó la Corte Constitucional al permitir la adopción plena a estas parejas, ampliando la posibilidad que ya existía de adoptar cuando se tratara de un hijo biológico de uno de los integrantes de la pareja.
El resultado de la votación quedó con seis votos a favor de la ponencia y dos en contra de los magistrados Gabriel Eduardo Mendoza y Luis Guillermo Guerrero.
La ponencia del magistrado Jorge Iván Palacio sostiene que «la adopción de niños por personas con orientación sexual diversa, en general, y por parejas del mismo sexo, en particular, no afecta por sí misma el interés superior del menor, ni compromete de manera negativa su salud física y mental o su desarrollo integral».
La ponencia presentada por el togado Jorge Iván Palacio, que tomó como principal argumento que esta clase de parejas podrán acceder a la adopción, condicionados a cumplir con requisitos establecidos en la constitución nacional para las parejas heterosexuales
Las mismas son: estabilidad económica, emocional, y que tengan un buen tiempo de estar juntos como pareja. En el 2014, la corte determinó que parejas homosexuales con un hijo biológico de por medio, producto de un matrimonio heterosexual, podían adoptar.
Este es el comunicado:
El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF, se declara respetuoso de las decisiones judiciales y acata la decisión de la Corte Constitucional.
Los procesos de adopción se continuarán cumpliendo de acuerdo a lo establecido por la ley como lo ha venido haciendo el Instituto, aplicando un trámite riguroso que mediante talleres, entrevistas y visitas, permite determinar la idoneidad de quienes quieren adoptar, garantizando así el derecho de los niños, niñas y adolescentes a crecer en una familia.
El Instituto continuará haciendo prevalecer el derecho de los niños, niñas y adolescentes a una familia y en todas sus actuaciones tendrá como consideración principal su interés superior.