Nuevo fallo contra la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD)

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Se ordenó la elaboración de los planes de acción específicos para larehabilitación y reconstrucción de áreas afectadas por los fenómenos de “El Niño” y “La Niña”.

Después de declarada una situación de desastre nacional, y según lo dispuesto por el artículo 61 de la Ley 1523, la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) debe elaborar un plan de acción específico de las áreas afectadas que será de obligatorio cumplimiento.

El Decreto 2113, emitido el 1 de noviembre de 2022, declaró un desastre nacional por el fenómeno de «La Niña» y ordenó a la UNGRD crear planes de acción específicos para la recuperación de las áreas afectadas, incluyendo un plan especial para Cauca, Nariño y Putumayo (Decreto 220 de 2023).

Luego, el Decreto 0037 de enero de 2024 declaró un desastre por el fenómeno de El Niño y también obligó a la UNGRD a hacer un plan de acción para enfrentar esta situación.

La acción de FEDe. Colombia buscó la protección de los principios de buen gobierno, publicidad y transparencia, puesto que la ciudadanía tiene el derecho de conocer cómo se orienta la actividad de la administración pública en el manejo de desastres. La demanda demostró que la falta de planes de acción puede obstaculizar la coordinación entre las diferentes entidades y niveles de gobierno, afectando a las comunidades que necesitan asistencia.

En el marco del proceso judicial, la UNGRD no acreditó ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca que había cumplido con su deber legal y reglamentario.

Por eso, el Tribunal ordenó que, dentro del término de 20 días diera aplicación a las normas incumplidas y elaborara, publicara y divulgara los referidos planes. El Tribunal concluyó que:

“No se ha proporcionado evidencia que respalde la creación del Plan de Acción Específico requerido por el marco legal mencionado.

Aunque se han presentado diferentes documentos como memorias y conclusiones, estos no cumplen con la obligación de desarrollar un Plan de Acción Específico.

Es imperativo que se tomen medidas para elaborar y adoptar el Plan de Acción Específico conforme a la normativa vigente.”

“Cumplimos casi dos años bajo la declaratoria del fenómeno de La Niña sin plan de acción específico, y más de seis meses desde la declaratoria del fenómeno de El Niño sin que tampoco se cuente con su plan de acción específico. Lo anterior vulnera los principios de transparencia y publicidad en la gestión de recursos públicos, así como la debida gestión administrativa encaminada a la atención, rehabilitación y reconstrucción de desastres” aseguró Andrés Caro, director de la Fundación.

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