Estos serían los cambios que contempla la reforma laboral en los contratos a término fijo

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El Ministerio del Trabajo en Colombia confirmó que el primer borrador de la reforma laboral del Gobierno de Gustavo Petro, con una extensión de 37 páginas.

Con este documento se empiezan a consolidar algunas primeras disposiciones de lo que se espera sea el futuro del contrato a término fijo en el país

Por ejemplo, el artículo 11 del borrador del proyecto de ley habla sobre el contrato a término fijo y por duración de obra o labora determinada.

Este artículo vendrá a modificar el artículo 46 del Código Sustantivo del Trabajo.

Según el articulado, el contrato de trabajo a término fijo no puede ser utilizado para actividades permanentes en la empresa, debe constar siempre por escrito, para su celebración y prórrogas.

El documento también menciona que será necesario que se especifiquen con precisión en el contrato: la causa por la cual se contrata por dicho término y su conexión con la duración prevista o de lo contrario se entenderá celebrado a término indefinido.

“La facultad de la persona empleadora de no renovar o prorrogar el contrato de trabajo celebrado a término fijo, solo será eficaz si ha desaparecido el objeto contractual”, puntualiza el documento.

Se lee además que si antes de la fecha del vencimiento del contrato a término fijo inferior a un año ninguna de las partes avisa por escrito a la otra su determinación de no prorrogar el contrato, con una antelación no inferior a 30, este se convertirá en contrato a término indefinido.

Asimismo, el texto reseña que la duración del contrato a término fijo, incluyendo sus prórrogas, no puede ser superior a un año.

El parágrafo de este artículo precisa que en los contratos a término fijo inferior a un año y de obra o labor determinada, las personas trabajadoras tendrán derecho al pago de vacaciones y prestaciones sociales en proporción al tiempo laborado cualquiera que este sea.

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