Tribunal tumba fallo que prohibía uso de gases lacrimógenos en protestas

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El juez de primera instancia deberá estudiar nuevamente y de manera minuciosa la acción de tutela.

Los magistrados del Tribunal Superior de Bogotá declararon nulo el fallo de tutela que fue admitida por un juez laboral de la ciudad, que ordenaba a la Policía la suspensión del uso de gases lacrimógenos en protestas durante el tiempo que dure la emergencia por el coronavirus.

La decisión fue adoptada por los magistrados de la Sala Laboral del Tribunal, Hugo Alexander Ríos, Marleny Rueda Olarte y Manuel Eduardo Serrano.

«Declaran la nulidad del auto admisorio de la acción de tutela en primera instancia, proferida el 19 de octubre de 2020, así como de todas las actuaciones expedidas con posterioridad al precitado proveído (…)»    

Sin embargo, el Tribunal Superior de Bogotá ordenó la devolución del expediente al juzgado quinto laboral del circuito de Bogotá para que nuevamente realice el estudio de la tutela, pero en esta ocasión «teniendo en cuenta los conceptos que puedan entregar el Ministerio de Salud y de Protección y el Ministerio del Interior».

Esta decisión se produjo luego de que el Ministerio de Defensa impugnara el fallo de tutela de primera instancia.

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